La pandemia ha modificado las responsabilidades de las empresas con sus colaboradores. ¿Cuáles son las principales obligaciones en seguridad y salud en la nueva normalidad?
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La COVID-19 ha modificado las medidas de seguridad y salud dentro de las organizaciones. Según un estudio llevado a cabo por DNA Human Capital, el 88 % de empresas peruanas implementó políticas de prevención contra el nuevo coronavirus al inicio de la pandemia.
Debido a la crisis sanitaria, para que una organización pueda operar en el país, esta debe cumplir con una serie de guías y lineamientos propuestos por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud. Entre las medidas más importantes para proteger a los colaboradores se encuentran las siguientes:
Plan de control del COVID-19
Toda empresa debe contar con el «Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo» para poder reiniciar actividades de manera presencial. El mismo debe estar alineado a las medidas sugeridas por el Ministerio de Salud (Minsa), así como a las especificaciones propias que exige el rubro de la empresa.
Este plan debe ser aprobado por el Comité de Seguridad en el Trabajo del Instituto Nacional de Salud (INS) o por el supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. La revisión y fiscalización posterior será efectuada por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas).
Realizar pruebas de descarte
Los trabajadores que se reinserten a sus puestos de trabajo de los rubros considerados como de mediano o alto riesgo, deberán pasar por pruebas serológicas o moleculares para descartar la COVID-19. En el caso de que la labor del trabajador demande bajo riesgo, el examen será opcional, dependiendo de la indicación del profesional de salud autorizado. Las pruebas deben ser dispuestas por la empresa.
Limpieza y servicios de higiene en el centro laboral
Según las disposiciones del Ministerio de Salud (Minsa), todos los ambientes de un centro de trabajo deben estar limpios y desinfectados previo al inicio de las labores diarias del colaborador. Esto aplica también a mobiliarios, equipos, vehículos y demás superficies. Asimismo, la empresa debe asegurar que los trabajadores dispongan de instrumentos de higiene y desinfección como lavamanos, alcohol en gel, jabones, papel higiénico y otros elementos.
Medidas de protección personal
El empleador está en la obligación de entregar a sus trabajadores los equipos de protección personal (EPP). Estos elementos variarán de acuerdo al nivel de riesgo al que esté expuesto el colaborador. Los empleados de mediano riesgo, por ejemplo, deben cumplir con el mínimo estándar de mascarillas quirúrgicas (descartables).
Vigilancia de la salud
La vigilancia de la salud del trabajador debe ser constante. Se deben tomar medidas como el control de la temperatura durante el ingreso y salida del centro de labores. Asimismo, se considerarán factores de riesgo los problemas ergonómicos y psicológicos que se pueden generar como consecuencia de trabajar en un escenario de pandemia.
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Fuente:https://www.esan.edu.pe/apuntes-empresariales/2020/10/principales-obligaciones-en-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-el-marco-de-la-covid-19/